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SII de la AEAT: qué empresas están obligadas y cómo llevarlo sin dolores

El Suministro Inmediato de Información explicado claro: a quién obliga, qué plazos tiene y cómo cumplir desde tu programa de siempre sin volverte loco.

Luismi ·

El SII (Suministro Inmediato de Información) es el sistema de la Agencia Tributaria para que ciertas empresas manden los registros de sus facturas a Hacienda casi en tiempo real, en vez de en los resúmenes trimestrales de toda la vida. Dicho en plata: si te aplica el SII, los datos de tus facturas viajan a la AEAT en pocos días, no cuando presentas el modelo. Y lo importante para no agobiarse: esto se puede llevar desde tu programa de gestión de siempre, porque casi todos los serios ya lo soportan o se les puede añadir.

Aquí te lo cuento sin tecnicismos: a quién obliga, qué cambia en el día a día y cómo cumplir sin dolores de cabeza.

Qué es el SII, en cristiano

Antes, llevabas tus libros de IVA y los volcabas a Hacienda de forma periódica. Con el SII, los registros de facturación (emitidas y recibidas) se envían a la AEAT en plazos muy cortos desde tu sistema. Es como pasar de entregar el cuaderno a final de trimestre a ir mandando las hojas según las escribes.

No es un impuesto nuevo ni te cambia lo que pagas: cambia cuándo y cómo le cuentas a Hacienda lo que facturas.

A quién obliga (lo esencial)

El SII no es para todo el mundo. Está pensado para empresas grandes o con ciertas características, principalmente:

  • Empresas con facturación por encima de 6 millones de euros al año (grandes empresas a efectos de IVA).
  • Empresas en régimen de devolución mensual del IVA (REDEME).
  • Grupos de IVA.
  • Quien decida acogerse voluntariamente.

Si eres un autónomo o una pyme pequeña, lo más probable es que el SII no te aplique y lo tuyo sea, en su caso, Veri*Factu. La forma honesta de saberlo: pregúntaselo a tu asesoría, que conoce tu facturación y tu régimen.

SII vs Veri*Factu: no los confundas

Se mezclan mucho, pero son cosas distintas:

  • SII: ya vigente desde hace años. Envío casi en tiempo real de los registros de facturación a la AEAT. Para grandes empresas, REDEME, grupos de IVA y voluntarios.
  • Veri*Factu: facturas no manipulables con huella, voluntario en 2026 y obligatorio en 2027 (sociedades en enero, autónomos en julio). Apunta a un universo de obligados mucho más amplio.

Una empresa puede acabar tocando ambos mundos, pero son sistemas separados con lógicas distintas. Lo de Veri*Factu lo explico en qué es Veri*Factu y cómo cumplir sin cambiar tu programa. Si además operas en el País Vasco, hay una tercera vía: TicketBAI, que ya está vigente allí.

Lo importante: cumplir sin cambiar de programa

Aquí va la parte que tranquiliza. El SII obliga a enviar datos en plazo, no a que tires tu software. Caminos honestos:

1. Tu programa ya envía al SII

Los programas de contabilidad y facturación serios (los que usan asesorías y empresas medianas-grandes) llevan años con el SII integrado. Si el tuyo se mantiene, normalmente es configurar y comprobar que los envíos salen bien.

2. Se le pone una capa por encima

Si usas algo antiguo, a medida o que no envía al SII por sí solo, se puede poner una pieza por encima que tome los datos de tus facturas y los mande a la AEAT en plazo, sin que cambies tu forma de trabajar. La parte técnica la lleva esa capa.

En los dos casos no migras tu contabilidad ni rehaces tu histórico. Misma idea de siempre: lo nuevo encima de lo que ya funciona.

Cómo llevarlo sin dolores

  1. Confirma si te aplica (facturación, REDEME, grupo de IVA) con tu asesoría. Si no te aplica, no te compliques.
  2. Si te aplica, comprueba que tu programa envía al SII correctamente y en plazo.
  3. Vigila los plazos cortos: el SII castiga el “ya lo mando a final de mes”. Conviene que el envío sea automático.
  4. Si tu sistema no envía bien o llega tarde, valora ponerle una capa por encima antes que migrar.

Y si tu pregunta es más de fondo — ¿cambio de programa o le pongo una capa? —, te lo explico en cambiar de software vs conectarle una capa de IA.

Tienes más contexto de cómo conectamos software de gestión sin cambiarlo en nuestra página de integraciones, y si quieres que miremos tu caso, en el diagnóstico de API legacy.

Preguntas frecuentes

¿El SII me obliga a cambiar de programa?

No. Te obliga a enviar los registros de facturación a la AEAT en plazos cortos. Eso se hace desde tu programa (si lo soporta) o con una capa por encima que lo mande por ti.

¿Soy autónomo, me aplica el SII?

Lo normal es que no, salvo que estés en REDEME o te acojas voluntariamente. Tu asesoría te lo confirma en un minuto.

¿El SII es lo mismo que Veri*Factu?

No. El SII es envío de registros casi en tiempo real para grandes empresas y similares, y ya está vigente. Veri*Factu son facturas no manipulables, con entrada plena en 2027 y muchos más obligados.

Tengo un programa a medida, ¿puedo cumplir?

Sí. Si no envía al SII por sí solo, se le puede poner una capa que tome los datos y los mande a la AEAT en plazo. Lo evaluamos antes de prometer nada.

¿No sabes si el SII te aplica o si tu programa lo envía bien? Cuéntame tu caso y lo miramos sin liarte.

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